México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha establecido un precedente significativo al determinar que los jueces deberán considerar las opiniones de niños, niñas y adolescentes en los procesos de reparto de bienes tras un divorcio de sus padres. Esta medida es especialmente relevante cuando la resolución puede afectar directamente sus derechos vitales, incluyendo vivienda, alimentos y condiciones de vida.
El plenario de la Corte, de manera unánime, validó este nuevo criterio a partir de un proyecto presentado por la ministra Loretta Ortiz. La decisión se originó tras el análisis de un caso en el que una adolescente solicitó un amparo para evitar la venta del departamento en el que ha residido durante más de once años, que era parte de la sociedad conyugal de sus padres.
Los antecedentes muestran que, tras el divorcio de sus padres, se acordó que ambos mantendrían la patria potestad, mientras que la custodia temporal sería asignada a la madre. Sin embargo, el padre solicitó la liquidación de la sociedad conyugal, lo que llevó a un juez a emitir una orden de venta del inmueble.
La adolescente argumentó que esta decisión comprometía su derecho a una vivienda adecuada y que el juez no tomó en cuentan su perspectiva como menor ni le permitió participar en un proceso que podría cambiar su vida cotidiana. En una primera instancia, el juez descartó analizar el fondo del asunto, argumentando que la controversia era meramente patrimonial y sólo concernía a los padres.
No obstante, la SCJN concluyó que la menor tenía un interés jurídico para impugnar dicha resolución, dado que la vivienda también formaba parte de la responsabilidad alimentaria de sus padres en términos de proporcionar un hogar. La Corte subrayó que, antes de permitir la venta del inmueble, es fundamental considerar cómo se garantizaría el derecho a la vivienda y escuchar la opinión de la menor, acorde a su edad y madurez.
Con este fallo, la SCJN reafirma su compromiso de valorar las causas con un enfoque infantil y asegurar que los menores participen en los procedimientos judiciales que puedan influir en su desarrollo y bienestar, incluso en temas patrimoniales en disputa entre adultos.


