México.- La Ciudad de México ha establecido nuevas regulaciones para los vehículos eléctricos de baja velocidad, incluye a scooters y motos eléctricas, buscando mejorar la seguridad vial y fomentar la transparencia en la aplicación de la ley.

Héctor Ulises García Nieto, titular de la Secretaría de Movilidad, detalló que estos vehículos se dividen en dos categorías: Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE) y Vehículos Eléctricos Personales (VEP).

Según la normativa, los VEMEPE que excedan los 25 kilómetros por hora y tengan motores de hasta 1.34 caballos de fuerza deberán estar matriculados (Tipo A o B), mostrar un distintivo de movilidad eléctrica y contar con licencia correspondiente (tipo A1 o A2). La obligación de registro comenzará el 1 de julio de 2026, mientras que las sanciones por infracciones se aplicarán a partir del 1 de septiembre, tras un periodo de información a la ciudadanía.

Además, se introducen regulaciones similares a las de las motocicletas: se prohibirá circular por banquetas y ciclovías, será obligatorio el uso de casco y estará restringido el manejo bajo el efecto del alcohol o para menores de edad.

La mandataria de la CDMX resaltó el notable incremento en el uso de estos vehículos en años recientes y señaló que era crucial actualizar las leyes para una mejor convivencia en las vías.

Por otro lado, el gobierno local anunció un programa de cámaras corporales para los policías de tránsito, con el objetivo de aumentar la transparencia y la confianza de los ciudadanos en la actuación de la autoridad.

El decreto fue firmado por el secretario de Seguridad Ciudadana, Pablo Vázquez Camacho; la consejera jurídica, Eréndira Cruzvillegas Fuentes; y el secretario de Gobierno, César Cravioto Romero.

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