Culiacán Sin.- El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa ha dictaminado la existencia de violencia política en razón de género en Mazatlán, relacionada con un caso que involucra a una regidora del Ayuntamiento. Esta determinación responde a las acciones de un ciudadano quien, a través de sus expresiones en redes sociales y durante las sesiones de cabildo, agredió simbólicamente a la funcionaria.

La denuncia se gestó a raíz de publicaciones en Facebook realizadas por el denunciado, las cuales causaron un ambiente de estrés y limitaron el desempeño de la regidora. En sus ataques, se incluyeron elementos misóginos, así como calumnias que menoscabaron su integridad como mujer.

Durante la sesión, el Magistrado Luis Alfredo Santana Barraza presentó el caso, señalando que las investigaciones del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa habían comprobado el acoso simbólico. Este tipo de violencia está tipificado en el artículo 24 Bis C de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Sinaloa.

El Pleno del Tribunal determinó que las manifestaciones del denunciado impactaron negativamente en los derechos político-electorales de la regidora y que fueron dirigidas a ella precisamente por su condición de mujer, en línea con las pautas establecidas por la jurisprudencia.

Por lo tanto, el Tribunal no solo reconoció la violencia política en su modalidad simbólica, sino que también ordenó al ciudadano la eliminación de las publicaciones incriminadas en un plazo de 24 horas. Además, se establecieron medidas de reparación y garantías para asegurar que no se repitan situaciones similares, en protección de la servidora pública afectada.

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